Expedición del Libro de Familia
Presentación
El Libro de Familia es el documento oficial que demuestra la existencia de vínculos familiares entre los miembros que forman una familia, con las fechas y lugares de nacimiento de estos. El libro está redactado en lengua árabe con la transcripción en caracteres latinos del nombre, apellido lugar de nacimiento y nombre y apellido de los padres.
Con motivo del matrimonio, los cónyuges lo deben solicitar para inscribir el nacimiento de sus hijos.
Este libro lo expide el oficial del Registro Civil al esposo marroquí inscrito en su lugar de nacimiento.
Se expide exclusivamente al esposo.
El Libro de Familia marroquí se debe presentar al oficial del Registro Civil competente con el fin de incluir cualquier modificación del estado civil o de la situación familiar del titular o de algún miembro de su familia.
Si la persona que solicita el Libro de Familia ha nacido en el extranjero y se ha establecido definitivamente en Marruecos, en el momento de solicitar dicho Libro de Familia, el oficial del Registro Civil del lugar de su residencia también es competente para expedírselo.
Documentos requeridos
- La “Solicitud del Libro de Familia”, cumplimentada y firmada;
- Copia de la CNIE del solicitante;
- Copia del documento de identidad de la esposa;
- Original del acta de matrimonio establecida por los adules o el acta de matrimonio civil (reconocido) + una fotocopia;
- Para el esposo: una copia literal del acta de nacimiento o un extracto del acta de nacimiento;
- Para la esposa marroquí: copia literal del acta de nacimiento (no el extracto de acta de nacimiento);
- Para la esposa de nacionalidad extranjera: copia literal del acta de nacimiento con la mención obligatoria de la filiación: apellido del padre y la madre + una traducción en lengua árabe;
- Dos fotos de carnet recientes en color del esposo (formato como para el pasaporte, 3,5 cm x 4,5 cm).
Procedimientos
El Libro de Familia se puede solicitar:
- Directamente por el interesado en la oficina del Registro Civil de su lugar de nacimiento (en Marruecos o en el extranjero);
- Directamente por el interesado en la oficina del Registro Civil de su lugar de su residencia en Marruecos si el solicitante del Libro de Familia ha nacido en el extranjero y se ha establecido definitivamente en Marruecos;
- Otorgando un poder legalizado a una persona de su confianza, con el fin de presentar la solicitud y retirar el Libro de Familia ante la oficina del Registro Civil de su lugar de nacimiento (en Marruecos o en el extranjero);
- En caso de no tener vínculos familiares en Marruecos, se puede dirigir el expediente al oficial del Registro Civil de su lugar de nacimiento, a través de los Servicios Consulares de Marruecos de los que dependa el lugar de residencia.
Formularios
Observations
Les livrets d'identité et d'état civil établis avant octobre 2002, demeurent en vigueur.
Tout marocain marié, peut demander de substituer son livret d'identité et d'état civil par un
livret de famille.
Cette demande est présentée à l'officier de l'état civil du lieu de naissance accompagnée des pièces suivantes :
- Une copie de l'acte de mariage, de confirmation de mariage ou de reconnaissance mutuelle de mariage aux fins de porter la mention marginale du mariage sur l'acte de naissance de l’intéressé ;
- Une copie de l'acte de naissance de l'épouse afin que l'officier de l'état civil porte la mention marginale de mariage sur son acte de naissance ;
- Une copie de l'acte de naissance de chacun des enfants ;
- Restitution du livret d'identité et d'état civil pour versement dans le dossier de l'état civil.