Expedición de pasaporte biométrico
Presentación
- El pasaporte biométrico es un título de viaje individual, expedido sin condición de edad a cualquier ciudadano marroquí que lo solicite, salvo que exista una decisión judicial en contra.
- El pasaporte biométrico tiene una vigencia de 5 años para las personas de más de tres años y una vigencia de 3 años para los niños menores de tres años.
- El pasaporte biométrico es no prorrogable.
- El pasaporte biométrico se expide a petición del/de la interesado/a o de su representante legal, si se trata de un menor o de un mayor de edad bajo tutela. Sin embargo, los ciudadanos marroquíes pueden establecer o renovar los pasaportes de sus hijos menores sin requerir el consentimiento previo de su padre, salvo que exista una decisión judicial que se oponga a ello y que haya sido notificada a la autoridad competente antes de la formulación de las solicitudes de pasaporte de los menores afectados.
- La solicitud de pasaporte biométrico se presenta en el Servicio Consular correspondiente contra recibo.
- Para los mayores de edad, el pasaporte biométrico se establece sobre la base de la CNIE o del recibo de la solicitud de la CNIE expedida por el Servicio Consular correspondiente;
- Para los menores de 12 años, que no tengan la CNIE, el pasaporte biométrico se establece sobre la base del extracto del acta de nacimiento.
- Los menores de edad entre 12 y 18 años, que no tengan la CNIE, y que deseen obtener un pasaporte, deberán presentarse en el Servicio Consular de su lugar de residencia para la toma de huellas dactilares, con el fin de cursar su solicitud.
Procedimiento
El/la interesado/a o su representante o su tutor legal presenta el expediente de solicitud de pasaporte biométrico, contra recibo, ante el Servicio Consular del lugar de residencia.
La presencia del/de la interesado/a al entregar la solicitud es obligatoria.
Los menores de edad deben ir acompañados de sus representantes o tutores legales.
El representante o tutor legal deberá presentar:
- Su documento de identidad (original + fotocopia);
- Un justificante de su condición de representante legal si se trata de una persona distinta del padre o la madre;
En el momento de recoger el pasaporte se exigirá la presentación del recibo.
En caso de alteración, robo o pérdida del antiguo pasaporte, se debe presentar una declaración jurada del interesado, de su tutor o representante legal, legalizada ante los Servicios Consulares correspondientes o las autoridades locales.
Documentos requeridos
Caso de un mayor de edad:
- Inscripción consular (en vigor);
- La CNIE en vigor (original + fotocopia) o una fotocopia del recibo de entrega de la solicitud de expedición o de renovación de la CNIE;
- En caso de presentación del recibo de entrega de la solicitud de la CNIE, el/la interesado/a deberá presentar también un extracto del acta de nacimiento o una copia literal del acta de nacimiento que no sobrepases los 6 meses;
- Dos fotografías de carnet idénticas y recientes sobre fondo blanco o azul claro con formato 3,5 cm x 4,5 cm;
- En caso de renovación, se deberá presentar el antiguo pasaporte.
Caso de un mayor de edad bajo tutela:
Además de los documentos exigidos para un mayor de edad:
- Documento de identidad del representante legal (original + copia);
- Justificante de su condición de representante legal o del vínculo con la persona bajo tutela, si se trata de alguien distinto del padre o de la madre;
- Presencia obligatoria de la persona bajo tutela y de su representante legal.
Caso de un menor, de edad entre 12 y 18 años:
- Inscripción consular (en vigor);
- La CNIE en vigor (original + fotocopia) o una fotocopia del recibo de entrega de la solicitud de expedición o de renovación de la CNIE;
- En caso de presentación del recibo de entrega de la solicitud de la CNIE, el/la interesado/a deberá presentar también un extracto del acta de nacimiento o una copia literal del acta de nacimiento que no sobrepase los 6 meses;
- Dos fotografías de carnet idénticas y recientes sobre fondo blanco o azul claro con formato 3,5 cm x 4,5 cm;
- En caso de renovación, se deberá presentar el antiguo pasaporte.
Caso de un menor, de menos de 12 años de edad:
- Inscripción en el Servicio Consular correspondiente;
- Extracto del acta de nacimiento o copia literal del acta de nacimiento que no sobrepase los 6 meses, o copia del Libro de Familia (no se aceptará el antiguo “libro de identidad y de estado civil”);
- Dicho documento deberá mencionar el apellido y el nombre del/de la interesado/a y los apellidos de los padres en lengua árabe y en caracteres latinos;
- Dos fotografías de carnet idénticas y recientes sobre fondo blanco o azul claro con formato 3,5 cm x 4,5 cm;
En caso de renovación, se deberá presentar el antiguo pasaporte.
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