Divorcio dictado por tribunales extranjeros
Presentación
En caso de divorcio tramitado ante un tribunal extranjero, los interesados deben solicitar su reconocimiento por la legislación marroquí si el acta de divorcio conlleva disposiciones con incidencia financiera o contraria al orden público. Con este fin, existe un procedimiento especial de ejecución de las decisiones judiciales, denominado exequátur, por el que el acta de divorcio es reconocida por la legislación marroquí.
Procedimiento
La aplicación del procedimiento exequátur se solicita mediante petición dirigida al tribunal del lugar de residencia en Marruecos o se envía directamente al Ministerio de Justicia (Dirección de Asuntos Civiles, Rabat, Marruecos).
Se podrá conceder un poder de representación a una persona en Marruecos (abogado, notario o cualquier persona encargada del procedimiento).
El poder redactado en árabe se debe legalizar ante los servicios consulares.
Documentos requeridos
- Inscripción consular;
- Copia de la CNIE para los marroquíes;
- Original del acta de matrimonio + copia;
- Original del acta del divorcio extranjero + copia;
- Original de la notificación de la sentencia, o de cualquier acta similar;
- Certificado que atestigüe que el divorcio es definitivo e irrevocable, expedido por la secretaría del tribunal competente, consignando que no existe contra dicha sentencia ninguna oposición, apelación, ni recurso de casación;
- Traducción al árabe del acta de divorcio, de la notificación de la sentencia y del certificado de inexistencia de apelación, realizada por un intérprete jurado.